Tribunal Constitucional ordena a una ARS autorizar medicamento a una señora



EL TRIBUNAL ACOGIÓ UNA ACCIÓN DE AMPARO

Santo Domingo

El Tribunal Constitucional autorizó a una administradora de riesgos de salud (ARS) autorizar la cobertura de un medicamento a una señora, el cual le había negado con el pretexto de que no padecía de una enfermedad de alto riesgo.

Mediante la sentencia 450/15,  el TC  ordenó a la ARS Universal autorizar  la cobertura del medicamento Rituximab (Mabthera)  a la señora  Celia Teresa Martez Melo, hasta el monto que establece el Plan Básico de Salud, en un plazo de tres días, contados a partir de la notificación de la decisión.

El TC acogió una acción de amparo interpuesta el 19 de diciembre de 2013 por  Martez Melo, en contra de la ARS UNIVERSAL, por considerar que le vulneró sus derechos fundamentales a la vida, a la seguridad social y a la salud dispuestos en los artículos 37, 60 y 61 de la Constitución de República Dominicana.

El medicamento le fue prescrito a la accionante por la doctora Mariella Bobadilla, pero la ARS le negó la cobertura alegando que su condición médica de persona que padece de Artritis Reumatoide no la habilita para recibirla, dado que esa enfermedad no es de alto costo.

El TC impuso una astreinte de  10,000 pesos por cada día de retardo en la ejecución de la decisión contra la ARS UNIVERSAL,  aplicado a favor del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, por cada día de retardo en la ejecución del fallo.

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