Finjus: La libertad de expresión es una de las bases de la democracia


Santo Domingo

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) respaldó ayer la petición hecha por los principales diarios impresos del país al Tribunal Constitucional (TC) para que falle en un plazo razonable un recurso sobre la despenalización de los delitos de prensa, pues entiende que la libre expresión del pensamiento es una de las bases de toda sociedad democrática y condición indispensable para su existencia.

El vicepresidente de la entidad, Servio Tulio Castaños Guzmán, llamó la atención en torno a la grave distorsión que crean los artículos 30-35, 39-40 y 46-48 de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento a la concreción de la cláusula de Estado de derecho y la continua adaptación del ordenamiento nacional a los lineamientos de la Constitución promulgada en el 2010.

“La circulación y amplia difusión de las ideas, informaciones y datos sobre la realidad es un principio constitucional y uno de los valores centrales de un Estado social y democrático de derecho, en ello descansa el principio legal de que su censura previa afecta a la sociedad en todo su conjunto”, precisó.

Finjus se sumó así a la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), que en un comunicado emitido el pasado jueves, se solidarizó con la petición hecha a la alta corte por los directores de los periódicos El Día, Rafael Molina Morillo; Miguel Franjul, del LISTÍN DIARIO; Adriano Miguel Tejada, de Diario Libre; Bienvenido Álvarez Vega, de Hoy; Osvaldo Santana, de El Caribe; Persio Maldonado, de El Nuevo Diario, y Juan Bolívar Díaz, subdirector de El Nacional.

Castaños Guzmán precisó que el ordenamiento internacional, su jurisprudencia y análisis proscriben la penalización del delito de difamación, por tener éste un efecto inhibidor de la libre expresión.

Descartó que con la petición al TC se pretenda beneficiar a un sector en específico, sino continuar con el proceso de adaptación del ordenamiento jurídico dominicano a los lineamientos de la Constitución de 2010, “encontrando el mejor equilibrio entre la protección eficiente del derecho al honor y libre personalidad, frente al de la libre expresión y difusión del pensamiento”.

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