TSE ordena a JCE remitirle copia certificada acta reunión CEN del PRD del 1ero de agosto


 
ASIMISMO, LOS JUECES PIDIERON AL PRESIDENTE DEL PRD LA COPIA CERTIFICADA DE LA LISTA DE CONCURRENTES, QUE COMPRUEBE LA ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DEL CEN 
Santo Domingo
Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), requirió de la Junta Central Electoral (JCE), una copia certificada del acta correspondiente a la reunión del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), celebrada el primero de agosto de 2013.
El tribunal, presidido por Mariano Rodríguez e integrado  por José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza, Mabel Feliz y Jhon Guiliani, alega que los documentos requeridos son necesarios para estatuir sobre el presente proceso,  ya que su ausencia imposibilita la decisión del mismo, conforme a los preceptos de justicia y transparencia que rige el TSE.
Asimismo, los jueces pidieron al presidente del PRD, Miguel Vargas Maldonado, la copia certificada de la lista de concurrentes, que compruebe la asistencia de los miembros del CEN, de esa organización que participaron en la reunión del primero de agosto pasado.
El tribunal en su sentencia, de oficio ordenó la reapertura de los debates relativo a la demanda en nulidad de la convocatoria de la reunión y las resoluciones adoptadas por el CEN, para hacer estos contradictorios entre las partes y de esta forma respetar el debido proceso de ley y solucionar definitivamente la litis en cuestión, al tiempo que fijo para el 4 de marzo a las 9 de la mañana la continuación de la audiencia.
Sostiene que la reapertura de los debates es una atribución facultativa de los jueces del fondo, quienes determinan en cuáles casos procede ordenarla o rechazarla, pudiendo ordenarla de oficio, cuando a su juicio se presentan hechos nuevos que pudieren incidir en la suerte del proceso o entiendan que para decidir el asunto se requiere una mayor sustanciación del mismo.
Aclaran que para ordenar de oficio una reapertura de los debates no es necesario que los jueces notifiquen previamente a las partes su disposición de adoptarla, sino que la notificación que debe hacerse es la de la sentencia que dicte el tribunal.
Aducen que en el caso de la especie esta sentencia tiene como único objeto procurar la materialización de la verdad y colocar el presente expediente en estado de dictar un fallo, tomando en consideración todos los documentos que puedan permitir el esclarecimiento de esta.
La demanda fue interpuesta por Roberto Furcal, Ángel de la Cruz, Roberto Darío Polanco, Ana María Acevedo, Janet Camilo Hernández, Jean Luis Rodríguez, Carlos Grullón Mejía, Regina  Buret Correa, Belgia Soler, Leonardo Faña Batista y Elido Américo Alcántara, contra el presidente del PRD, Miguel Vargas Maldonado y los demás directivos de la organización política.

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