Suspenden fallo que ordena traslado restos de Caamaño


DEMANDANTES. DICE SUS PRETENSIONES SE FUNDAMENTAN EN DERECHO

Santo Domingo

El Tribunal Constitucional suspendió una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que ordenó a la Comisión de Exaltación el traslado de los restos del coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó al Panteón Nacional, al considerar que su ejecución pudiera causar un daño al patrimonio histórico y cultural de la nación.

Indica que se trata de un héroe nacional cuyo legado forma parte del patrimonio histórico y cultural de la nación, y que trasladar sus restos al Panteón de la Patria constituye “un acontecimiento de interés nacional”.

El TC determinó que ese caso reúne condiciones de excepcionalidad, en razón de que existe una controversia sobre los restos de Caamaño Deñó.

Apuntó que la excepción que justifica la suspensión de la ejecución de la sentencia radica en el debate existente sobre la autenticidad de los restos a ser trasladados, lo que entiende debe ser dilucidado porque constituye un aspecto indispensable del objeto de la  ley número 4-13, que creó la Comisión de Exaltación.

La suspensión de la sentencia del TSA fue dispuesta por el TC hasta que conozca un recurso de revisión del cual fue apoderado y que está pendiente de decisión.

El TC acogió una solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por el Ministerio de Cultura y los miembros de la Comisión de Exaltación creada por la Ley número 4-13 del 15 de enero de 2013, contra la sentencia  número 040-2014, dictada por la Segunda Sala del TSA el 31 de enero de 2014, que dispuso el traslado de los restos del coronel en un plazo de 15 días desde su notificación.

En su fallo, número 254/14, el TC consideró que las pretensiones de los demandantes están fundamentadas en derecho.

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